TC ordena a directivos de Banreservas declarar patrimonio: 12 del Consejo ya figuran como omisos
El Tribunal Constitucional rechazó una acción que buscaba eximir a los ejecutivos del banco estatal de presentar sus declaraciones juradas de bienes.

El Tribunal Constitucional (TC) ratificó que el presidente ejecutivo, los miembros del Consejo de Directores y los principales gerentes del Banco de Reservas deben presentar declaración jurada de patrimonio ante la Cámara de Cuentas, y el fallo llega cuando doce de esos directivos ya figuran como omisos en el registro oficial.
La sentencia TC/0855/26 rechazó una acción de inconstitucionalidad que buscaba eximir a los altos funcionarios del banco estatal de cumplir con la Ley 311-14 sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio. Con fecha de corte al 30 de junio de 2026, esos doce miembros del Consejo de Directores no habían presentado sus declaraciones de inicio, a pesar de haber sido designados entre septiembre y octubre de 2024.
El argumento que el TC descartó
Los demandantes alegaban que Banreservas compite en un mercado abierto junto a bancos privados, y que imponer esta carga a sus directivos los colocaba en desventaja frente a ejecutivos del sector privado que no tienen esa obligación. El TC no lo vio así.
El tribunal diferenció dos planos distintos: la fiscalización del banco como institución financiera, y la supervisión del patrimonio personal de quienes administran capital público. Banreservas opera con un capital de RD$39,000 millones suscrito y pagado por el Estado dominicano, y eso, según el fallo, impone a sus administradores un "deber reforzado de transparencia patrimonial".
Quiénes están obligados y quiénes no
La obligación cubre al presidente ejecutivo, a los doce miembros con voz y voto del Consejo de Directores, y a los gerentes de alta dirección que participan activamente en la gestión general del banco. El ministro de Hacienda tiene una obligación de declaración separada, ligada a su cargo ministerial, no a su rol en Banreservas.
El TC también desmontó el argumento de la "doble vigilancia". La Superintendencia de Bancos supervisa la actividad financiera de la institución; la Cámara de Cuentas verifica el patrimonio personal de los funcionarios y el origen de sus bienes. Son funciones distintas que no se sustituyen entre sí.
Sin impacto en tasas ni en competitividad
El fallo fue explícito en señalar que la exigencia de transparencia no afecta la competitividad de Banreservas, ni sus tasas, sus créditos ni su solvencia. La obligación recae sobre las personas que gestionan el banco, no sobre la institución misma.
Un magistrado salvó su voto y sugirió que debería ser el Congreso quien modifique la ley para que aplique de forma inequívoca a Banreservas, en lugar de dejarlo a la vía judicial. Esa postura no alcanzó mayoría.
Qué sigue para los directivos omisos
Con la sentencia firme, los doce miembros del Consejo que figuran como omisos ante la Cámara de Cuentas quedan sin argumento legal para seguir sin declarar. El organismo contralor tiene ahora respaldo constitucional para exigir el cumplimiento. La pregunta que queda en el aire es si actuará con la misma velocidad con que se acumularon los incumplimientos.
Según reportó Diario Libre, en el fallo influyó la periodista Balbiery Rosario, quien siguió el proceso desde su origen.



