Suprema Corte rechaza recurso de la Cámara de Cuentas y cierra litigio de cinco años
Las Salas Reunidas de la SCJ cerraron definitivamente el caso: la Cámara de Cuentas no pudo justificar por qué quería anular un contrato que ella misma aprobó.

La Suprema Corte de Justicia le dio un portazo definitivo a la Cámara de Cuentas: las Salas Reunidas rechazaron el segundo recurso de casación que el organismo fiscalizador presentó contra la firma Inteligencia Legal, SRL, poniendo fin a un litigio que se extendió por cinco años y llegó dos veces a la Corte de Casación.
Un conflicto que la propia Cámara de Cuentas provocó
El enredo judicial arrancó en 2021 cuando la Cámara de Cuentas intentó dejar sin efecto un acto mediante el cual ella misma había aprobado la contratación de los servicios profesionales de Inteligencia Legal. En otras palabras: el organismo quiso desconocer un contrato que su propia firma avaló, sin explicar con claridad por qué.
La alta corte fue categórica: cuando la Administración busca afectar un acto que ya reconoció derechos a un particular, se exige "especial rigor" en el respeto de la seguridad jurídica, la confianza legítima y el debido proceso. La Cámara de Cuentas, según la SCJ, no cumplió ese estándar.
La SCJ: no hubo razones serias ni verificables
El fallo de las Salas Reunidas consideró jurídicamente correcta la conclusión del tribunal de envío: la Cámara de Cuentas nunca estableció de forma suficiente y concreta cuáles eran las razones de ilegalidad ni la lesión al interés público que justificara impugnar el acto que había reconocido derechos a Inteligencia Legal.
Esa insuficiencia en la motivación, determinó la Suprema Corte de Justicia, le impidió a la firma ejercer plenamente su derecho de defensa, vulnerando el debido proceso y la seguridad jurídica. La sentencia también descartó que el tribunal de envío hubiera desnaturalizado los hechos, omitido pruebas o cometido errores de derecho.
"Una victoria para el debido proceso"
El socio fundador de Inteligencia Legal, Julio Cury, valoró el fallo y subrayó su alcance más allá del caso puntual.
"Después de cinco años, dos casaciones y un juicio de reenvío, quedó definitivamente establecido que una institución no puede desconocer derechos ya reconocidos sin ofrecer razones serias y verificables, un principio esencial del Estado de derecho. Tiene que explicar qué ilegalidad concreta existe y qué interés público ha sido efectivamente lesionado", afirmó Cury.
El abogado añadió que la decisión deja sentado un principio de alcance general: "La Administración también está sometida al derecho cuando procura revisar sus propias actuaciones. Es una victoria para el debido proceso, más allá del caso concreto".
Qué queda pendiente
Con este segundo rechazo de casación, el litigio queda cerrado de forma definitiva. La Cámara de Cuentas agotó la vía judicial sin lograr anular el contrato que ella misma había suscrito. El precedente que fija la Suprema Corte es claro: ninguna institución pública puede dar marcha atrás en derechos que ya reconoció sin justificarlo con argumentos concretos, verificables y respetuosos del debido proceso.



