Senado aclara: no se toca la prescripción de delitos sexuales a menores
Ricardo de los Santos salió al frente y explicó que el plazo de 30 años para casos contra niños y adolescentes se mantiene igualito. El único cambio es una frase técnica.

La prescripción de delitos sexuales contra menores no se toca. Así de claro lo dejó este lunes el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, en medio del revuelo por el proyecto de Código Penal.
Según explicó el legislador, las modificaciones al artículo 141 no cambian ni un día el plazo para denunciar abusos contra niños, niñas, adolescentes y personas vulnerables.
¿Entonces qué fue lo que cambió? Nada del otro mundo. De los Santos precisó que el único ajuste es quitar la expresión “prisión mayor” del encabezado del artículo.
¿Por qué? Porque esa frase hablaba de un régimen de penas que no encaja con las reglas de prescripción. O sea, un detalle técnico, no de fondo. El párrafo que fija los plazos queda intacto.
El Senado mantiene una prescripción diferenciada. Para delitos sexuales contra adultos, la acción penal prescribe a los 20 años desde que ocurrió el hecho.
Pero cuando la víctima es un niño, niña, adolescente o persona vulnerable, el plazo es de 30 años, contados desde que la víctima cumple la mayoría de edad. Eso sigue igual.
De los Santos dijo que la confusión nació porque el proyecto de modificación solo muestra lo que se va a cambiar. Como ese párrafo especial no se toca, no aparece en el documento.
Y lanzó un jalón de orejas a la ciudadanía: pidió leer los proyectos antes de opinar. Según él, muchas críticas salen por desconocimiento del texto que está en discusión.
La pregunta que queda en el aire: ¿bastará esta aclaración para calmar la polémica mientras el Código Penal sigue su curso en el Congreso?




